Contexto regionalEn Asturias el CAE nace en la fábrica y tropieza con el Fondo Nacional
La industria absorbe el 68,1 % de la energía final asturiana y la siderurgia, el 62 % de ese consumo: el ahorro certificable está en hornos, motores y procesos, no en viviendas. Pero esa misma industria ha cobrado ayudas del Fondo Nacional de Eficiencia Energética, incompatibles con el CAE, y el gestor autonómico ha cambiado de consejería desde que el MITECO publicó su directorio.
3.301 ktep de energía final: el 68,1 % en la industria y el 62 % de esta en la siderurgia
El Resumen del Balance Energético del Principado de Asturias 2024 (FAEN, abril de 2026) cifra el consumo de energía final en 3.301 ktep, un 0,7 % menos que en 2023: la industria consume 2.247 ktep (68,1 %), el transporte 596 (18,1 %), el residencial 261 (7,9 %), los servicios 168 (5,1 %) y el sector primario 29. Por fuentes manda el carbón, con 1.119 ktep (33,9 %), por delante de los productos petrolíferos (766), la electricidad (721), el gas natural (486) y las renovables (209). Dentro de la industria, la siderurgia y fundición suma 1.394 ktep, el 62 % del consumo industrial. La industria absorbe además el 65,2 % de la electricidad y el 76,1 % del gas natural de la región.
Esa estructura ordena las prioridades del ahorro certificable. Las actuaciones industriales del catálogo —motores, compresores, hornos, recuperación de calor— trabajan sobre una base de consumo que multiplica por más de ocho la del sector residencial, y el gas natural industrial (370 ktep en 2024, un 8,9 % más) es el vector más fácil de medir antes y después. El residencial se calienta sobre todo con electricidad (48,5 %) y gas natural (31,3 %), pero conserva un 9,3 % de gasóleo y un 6,8 % de carbón —el consumo doméstico de carbón casi se triplicó en 2024—, nichos donde sustituir el generador térmico rinde ahorros altos por vivienda.
La tabla a-Anejo B del DB-HE añade un matiz para las fichas de envolvente y de bomba de calor. En la fila de Asturias la zona C1 se agota a los 50 m de altitud; entre 51 y 550 m rige la D1 y desde 551 m la E1. El propio DB-HE sitúa Oviedo a 232 m, de modo que la capital cae en D1 mientras Gijón y Avilés, a nivel del mar, quedan en C1: la misma sustitución de ventanas o de caldera no rinde igual en la costa que en la capital, a menos de 30 km, y los núcleos por encima de 550 m computan ya como E1.
2,5 millones del Principado compatibles con el CAE y 72 millones del Fondo Nacional que lo vetan
La ayuda propiamente asturiana es una convocatoria anual sobre bases de 2018 (Resolución de 23 de mayo). La convocatoria de 2026 la firma la Consejería de Ciencia, Industria y Empleo por Resolución de 21 de abril de 2026, con extracto en el BOPA de 4 de mayo, y se dota con 2.500.000 € de los presupuestos del Principado: 1.250.000 € para empresas y autónomos y otros 1.250.000 € para particulares, entidades sin ánimo de lucro y comunidades de propietarios. Interesan al CAE la línea 2.2, medidas en el sector de la edificación (312.500 € para empresas y 437.500 € para particulares), y la 2.3, ayudas para industrias, con 500.000 € reservados a empresas de la sección C de la CNAE; en ambas la ayuda se limita al 22 % del gasto subvencionable. El plazo está cerrado y la obra debe ejecutarse entre el 27 de abril de 2025 y el 16 de noviembre de 2026.
Ese origen presupuestario es lo que la hace compatible con el CAE. El artículo 14.8 de la Orden TED/815/2023 solo cierra la puerta a las actuaciones beneficiarias de programas financiados con cargo al Fondo Nacional de Eficiencia Energética, y las partidas del Principado no lo son; la base decimoséptima declara además la subvención compatible con cualquier otra de la misma finalidad. Lo que sí hay que hacer es doble: justificar el efecto incentivador del certificado conforme al artículo 13 del RD 36/2023 y declarar la subvención en la solicitud de emisión con programa, órgano gestor, año, norma reguladora y cuantía (artículo 14.9.k) de la Orden). Un detalle más: el órgano instructor comprueba de oficio que la instalación se ha registrado ante la Administración, así que un expediente sin registro RITE pierde la subvención antes de llegar al CAE.
El veto del Fondo Nacional pesa especialmente en Asturias. El Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial (Real Decreto 263/2019) se convocó en el Principado por Resolución de 20 de septiembre de 2019 y admitió solicitudes hasta el 30 de junio de 2024; en julio de 2023 el IDAE amplió el presupuesto asturiano en 30 millones, hasta 72.079.747,70 €, con origen en el Fondo Nacional. Y viene otra ronda: el Consejo de Ministros autorizó el 29 de julio de 2025 otros 300 millones para la industria, la Conferencia Sectorial de Energía los repartió en diciembre y, según el cuadro del IDAE, a Asturias le corresponden 7.232.605 €, transferidos en marzo de 2026 y sin convocatoria publicada en el BOPA a la fecha del cuadro. Con fondos Next Generation la lógica es la inversa: la línea para empresas turísticas (Resolución de 19 de julio de 2024, cerrada el 31 de diciembre de 2024) se financió con el Plan de Recuperación y no activa el veto.
Gestor en la Dirección General de Energía y Minería; RITE en el Servicio de Fluidos y Metrología
El directorio de agentes del Sistema CAE del MITECO atribuye el papel de gestor autonómico en el Principado a la «Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico», con el buzón renovablesyeficiencia@asturias.org. El Decreto 23/2025, de 16 de abril, trasladó después energía y minería a la Consejería de Ciencia, Industria y Empleo, cuya estructura fija el Decreto 49/2025, de 29 de abril. En ella, la Viceconsejería de Industria dirige la Dirección General de Energía y Minería, y en esta el Servicio de Energías Renovables y Eficiencia Energética tiene encomendados «la mejora del ahorro y la eficiencia energética en todos los procesos y usos consumidores de energía» y el registro de los certificados de eficiencia energética de edificios.
El registro de la instalación térmica va por otra unidad de la misma Viceconsejería: el Servicio de Fluidos y Metrología, que tiene a su cargo «la autorización o registro de las instalaciones térmicas de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria» (artículo 14 del Decreto 49/2025). Sin entidades colaboradoras de por medio, el procedimiento RECE0050T01 de la sede electrónica lo presenta la empresa instaladora, con memoria técnica entre 5 y 70 kW y proyecto por encima de 70 kW; el certificado de instalación se aporta en cuatro ejemplares, la vía telemática es obligatoria para personas jurídicas, el plazo de resolución es de cuatro semanas y el silencio no opera. La tasa se liquida después: registrado el certificado, los Servicios Tributarios emiten la carta de pago de la tasa de industria del Decreto Legislativo 1/1998, calculada por tramos sobre el presupuesto de la instalación. Ese certificado diligenciado es el que fija la fecha en el expediente CAE.
Para las fichas que exigen certificado de eficiencia energética previo y posterior hay un coste propio: la inscripción en el Registro de certificados de eficiencia energética de edificios (procedimiento RECE0016T01, del mismo Servicio) requiere el certificado en PDF firmado, el XML de evaluación y una tasa autoliquidada en el modelo 046: 17,90 € hasta 125 m² construidos, 36,40 € hasta 500 m², 73,30 € hasta 2.000 m² y 145,20 € por encima. Conviene inscribir el certificado previo antes de empezar la obra, y no al final junto con el posterior.