Un tercio de la electricidad en siderurgia y 7.536 GWh de gas: el diagnóstico del PSEC 2021-2030
El Decreto 60/2026, de 13 de agosto, aprobó el Plan de Sostenibilidad Energética de Cantabria 2021-2030 (BOC nº 159, de 19 de agosto de 2026), y su diagnóstico es claro: en 2019 la demanda eléctrica fue de 4.195 GWh, la generación propia cubrió el 54,85 % de esa demanda, el saldo importador ascendió a 2.289 GWh y la dependencia energética fue del 45,24 %. El plan afirma que «el consumo de la región está fuertemente relacionado con el sector industrial»: la siderurgia y la fundición suponen el 33,48 % del consumo eléctrico total, la química y petroquímica el 5,44 %, la alimentación, bebidas y tabaco el 3,47 % y el caucho y las materias plásticas el 3,35 %. El gas natural es la segunda fuente de energía y sus consumos «se han disparado» durante el plan anterior, hasta 7.536 GWh en 2019. La Encuesta de Consumos Energéticos 2024 del INE lo confirma desde el gasto: la industria cántabra pagó 269,0 millones de euros de energía, el 2,0 % del total español, y casi el 60 % de esa factura fue electricidad, frente al 55,1 % de media nacional.
Para quien genera CAE, ese reparto ordena las prioridades: motores, compresores, hornos y recuperación de calor en la siderurgia, la química y la alimentación, y sustitución de quemadores y calderas de gas. El propio plan cifra el recorrido: en 2030 la generación debería alcanzar el 110,26 % de la demanda sin contar el bombeo (un 66,74 % si se incluye), con un saldo de intercambios que bajaría de 2.282 a 1.473 GWh; las renovables, el 46,15 % de la electricidad; las emisiones, un 26,76 % menos que en 1990; y el consumo de derivados del petróleo, un 23,51 % por debajo de las 458.616 toneladas de 2019.
Hay además un dato físico que entra en el cálculo. La tabla a-Anejo B del DB-HE del Código Técnico (texto consolidado con el Real Decreto 732/2019) asigna a Cantabria tres zonas climáticas por altitud: C1 hasta 150 m, D1 entre 151 y 650 m y E1 desde 651 m, con Santander a 11 m de altitud de referencia. La franja litoral —Santander, Torrelavega, Castro-Urdiales— queda en C1, los valles interiores en D1 y la comarca de Campoo, con Reinosa, en E1: una misma ficha de envolvente, de ventanas o de bomba de calor no rinde igual en la bahía que en Campoo.
Ventanilla cerrada en Industria: el RD 263/2019 veta el CAE, el PRTR no
Las tres líneas energéticas que gestiona la Dirección General de Industria, Energía y Minas están cerradas. La de autoconsumo, almacenamiento y sistemas térmicos renovables del Real Decreto 477/2021 (Orden IND/20/2022, de 6 de abril) asignó a Cantabria 15.164.849,55 euros del Plan de Recuperación y cerró el 31 de diciembre de 2023; la de renovables térmicas del Real Decreto 1124/2021 (Orden IND/65/2022, de 18 de octubre) manejó 1.694.415 euros, también del PRTR, y cerró el 31 de julio de 2024; y la de eficiencia energética en PYME y gran empresa industrial del Real Decreto 263/2019 (Orden INN/47/2019, de 18 de diciembre, BOC nº 1 de 2 de enero de 2020) admitió solicitudes hasta el 30 de junio de 2024. Esta última es distinta: el artículo 11.1 del Real Decreto 263/2019 la dota con 307.644.906 euros «con origen en el Fondo Nacional de Eficiencia Energética». Hoy la página de ayudas de energía de la dirección general no lista ninguna convocatoria vigente, aunque su presupuesto para 2026 consigna 2.250.000 euros para eficiencia energética en pymes y grandes empresas y 13.327.000 para autoconsumo.
Lo que sí ha tenido plazo en 2026 está fuera de Industria. SODERCAN convocó en junio sus ayudas a grandes proyectos de mejora de la competitividad industrial: 5,5 millones de euros para 2026 y 2027, de los que hasta 2 millones van a una línea de eficiencia energética que cubre el 30 % de los costes elegibles en proyectos de más de 750.000 euros; el plazo fue del 3 de junio al 2 de julio de 2026 y está cerrado. La Dirección General de Turismo y Hostelería convocó 4.571.802,16 euros del PRTR para eficiencia energética y economía circular en empresas turísticas, con solicitudes hasta el 31 de marzo de 2025. Y el programa de eficiencia energética para ayuntamientos, financiado al 60 % con FEDER, pasó de 3 actuaciones y 145.000 euros en 2023 a 31 actuaciones y 1.100.000 euros en 2025, sobre todo alumbrado público con LED.
La regla para apilar cualquiera de ellas con un CAE es estatal. El artículo 14.8 de la Orden TED/815/2023 prohíbe pedir la emisión de CAE por una actuación que haya recibido ayuda de un programa financiado con cargo al Fondo Nacional de Eficiencia Energética: las actuaciones subvencionadas con el Real Decreto 263/2019 quedan fuera. Las ayudas del PRTR —autoconsumo, renovables térmicas, turismo— no activan ese veto, y en las líneas de SODERCAN y en las municipales cofinanciadas con FEDER hay que leer la fuente de financiación en las bases antes de descartar nada. En todos los casos rigen el artículo 13 del Real Decreto 36/2023, que exige acreditar el efecto incentivador del CAE cuando la actuación ya ha recibido financiación pública, y el artículo 14.9.k) de la misma orden, que obliga a declarar cuantía, año, programa, órgano gestor y norma reguladora de la ayuda.
El Servicio de Energía revisa el CAE y diligencia el RITE por 13,02 € sin OCA
En el directorio de agentes del Sistema CAE del MITECO, el gestor autonómico de Cantabria aparece con un nombre modesto, «Servicio de Energía», y el buzón dgiem@cantabria.es. Es el servicio instructor de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, en la Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio, y la misma unidad que instruye las ayudas energéticas, el registro de certificados de eficiencia energética de edificios y la comunicación de auditorías energéticas de las grandes empresas. Cantabria no tiene registro propio de CAE: la solicitud se presenta en la plataforma estatal, el Servicio de Energía valida el expediente y el certificado se inscribe en el Registro Nacional, así que la documentación debe cuadrar con lo que ese mismo servicio ya sabe de la instalación.
El trámite local que sostiene esa coherencia es la «Diligencia de certificados de instalaciones de calefacción, agua caliente sanitaria y climatización» de la sede electrónica. La instruye el Servicio de Energía y la resuelve la persona titular de la dirección general en un máximo de tres meses, con silencio positivo. Se presenta por el Registro Electrónico Común o en persona en el PCTCAN, con la solicitud SOL-ITE, el certificado de instalación CI-ITE, la memoria técnica MT-ITE o el proyecto y el justificante de la tasa: 13,02 euros con memoria (concepto 3149) y la tarifa 1.1, variable según presupuesto, con proyecto. La propia sede advierte de que «en la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento»: no hay OCA ni EICI de por medio, el certificado diligenciado lo expide la Administración y es la pieza que después prueba en el expediente CAE que la instalación existe y cuándo se registró.
Cuando la ficha exige certificado de eficiencia energética previo y posterior, ambos pasan por el Registro de certificaciones de eficiencia energética de edificios, regulado por la Orden INN/16/2013, de 27 de mayo: modelo SOL-RCEE, archivo XML del informe, tasa de 26,15 euros en presentación presencial (concepto 3169) y validez máxima de diez años. La dirección general advierte además de que desde el 23 de julio de 2026 el técnico certificador debe acreditarse antes de ejercer, conforme al artículo 4 ter del Real Decreto 390/2021.