Una industria que gasta 538 millones en energía y aguantó la caída de 2024
La Encuesta de Consumos Energéticos del INE cifra el gasto energético de la industria murciana en 538,4 millones de euros en 2024, el 4,1 % del total español, en un año en que el conjunto nacional cayó un 14,8 % hasta 13.249 millones. La serie del Anuario Estadístico de la Región de Murcia, con datos del INE, muestra un retroceso mucho más suave, de 560,9 millones en 2023 a 538,4, tras el pico de 1.126,4 millones de la crisis de precios de 2022. El mix también es otro: la electricidad pesa el 47,8 % frente al 55,1 % nacional, el gas el 27,5 %, los productos petrolíferos el 8,0 % y «otros productos» —calor, biocombustibles, carbón— un 16,7 %, cuando en España electricidad y gas suman ya el 86,2 %.
En Cartagena, el proyecto C-10 de Repsol, autorizado por la Dirección General de Política Energética y Minas el 24 de junio de 2008, elevó la capacidad de destilación de la refinería a 11 millones de toneladas al año, con una inversión que la compañía cifra en 3.200 millones de euros, «la mayor en la historia industrial de España». Según los datos difundidos en agosto de 2026 por la Dirección General de Industria, Energía y Minas, las inversiones acogidas al CAE las encabezan los sectores químico y farmacéutico, seguidos de cerca por la agroalimentaria, la rama manufacturera con más empleo (26.325 ocupados en 2022). El gas, en cambio, se retira: el suministro de gas natural a la Región, incluido el que queman los ciclos combinados, bajó de 113.696,7 TJ en 2019 a 64.742,4 TJ en 2024.
La tabla a-Anejo B del DB-HE da a la provincia de Murcia tres escalones —B3 hasta 100 m de altitud, C3 entre 100 y 550 m y D3 por encima— y fija en 39 m la altitud de la capital: Murcia, Cartagena y todo el litoral comparten la B3. No es que el calor no cuente: el diagnóstico del programa FEDER regional (BORM n.º 265, de 15 de noviembre de 2025) atribuye a la «ubicación geográfica» y al «aumento de las temperaturas» un «incremento sustancial» del consumo, que cifra en un 12,7 % entre 2011 y 2020. Y aun así, de las 396 actuaciones CAE contadas en agosto de 2026 solo 17 son residenciales y 5 agrarias: la refrigeración de la vivienda y el campo apenas han llegado al mercado de certificados.
5,3 millones FEDER para pymes, calculados con las mismas fichas que el CAE
La ayuda regional que hoy importa al CAE nace de las bases aprobadas por Orden de 10 de noviembre de 2025 (BORM n.º 265): dos líneas para pymes industriales y terciarias, una de ahorro y eficiencia energética y otra de fotovoltaica de autoconsumo, cofinanciadas al 60 % con FEDER (artículo 7). Lo singular está en los artículos 15 y 16: solo son subvencionables los proyectos «incluidos en el catálogo vigente de medidas estandarizadas de eficiencia energética aprobado por la Orden TED/845/2023» que sustituyan equipos preexistentes, y la unidad de cálculo es el ahorro energético anual E, en kWh, obtenido con «el método para calcular y cuantificar los ahorros energéticos» de la ficha correspondiente: el mismo kWh que luego se certifica. Quedan fuera aislamiento de tuberías, cambio de refrigerante, quemadores de calderas fósiles y envolvente, y ningún equipo alimentado con combustibles fósiles, gas natural incluido, es subvencionable (artículo 11.2).
La convocatoria de 2026 (extracto en el BORM n.º 61, de 14 de marzo) consignó 1.800.000 € para eficiencia y 3.500.000 € para fotovoltaica, con un umbral de inversión de 6.000 € y un máximo de 60.000 € por beneficiario, convocatoria y línea. El plazo corrió del 23 de marzo al 30 de abril de 2026 y está cerrado; la resolución tiene seis meses con silencio desestimatorio y la ejecución doce meses desde la notificación, así que esas obras llegarán al mercado de certificados entre finales de 2026 y 2027. Y cuidado con el efecto incentivador de las propias bases (artículo 13): cualquier compromiso en firme —pedido, contrato, factura o reserva— anterior al registro de la solicitud de ayuda deja la actuación fuera.
Su encaje con el CAE es limpio en lo esencial: el dinero es FEDER y autonómico, no del Fondo Nacional de Eficiencia Energética, así que no opera la prohibición del artículo 14.8 de la Orden TED/815/2023. Siguen en pie dos cargas: acreditar el efecto incentivador del certificado (artículo 13 del Real Decreto 36/2023) y consignar la subvención en la solicitud de emisión —programa, órgano concedente, ejercicio, norma reguladora y cuantía— conforme al apartado k) del artículo 14.9 de la orden ministerial. De los programas con cargo al FNEE, el que llegó a la industria murciana fue el del Real Decreto 263/2019, gestionado por el Instituto de Fomento con plazo hasta el 30 de junio de 2023: sus actuaciones no pueden pedir CAE. Las líneas del Plan de Recuperación —viviendas del Real Decreto 853/2021, cerrada el 31 de julio de 2025, y renovables térmicas del Real Decreto 1124/2021, cerrada el 31 de julio de 2024— son Next Generation y compatibles previa declaración.
caemurcia@carm.es: quién valida el CAE y cómo se registra la instalación
En el directorio de agentes del MITECO, el gestor autonómico murciano es la Dirección General de Industria, Energía y Minas, con el buzón caemurcia@carm.es. Conviene fechar bien los papeles: hasta mayo de 2026 dependía de la Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor, y el Decreto del Presidente n.º 5/2026, de 29 de mayo, de reorganización de la Administración Regional, la convirtió en Consejería de Medio Ambiente, Industria, Universidades, Investigación y Mar Menor. El Decreto n.º 89/2026, de 11 de junio, le atribuye «eficiencia y certificación energética, ahorro energético y planificación y política energética» (artículo 9). El mismo órgano que valida el CAE instruye la línea FEDER y lleva los registros de instalaciones térmicas y de certificados de eficiencia: una sola ventanilla ve el expediente entero.
En octubre de 2025 la Región firmó con otras once comunidades una carta a la Dirección General de Planificación y Coordinación Energética del ministerio pidiendo un presupuesto de apoyo a los gestores autonómicos con cargo al Fondo Nacional de Eficiencia Energética y ampliar los plazos de validación de 15 y 30 días a 30 y 45 días hábiles; el balance murciano era entonces de 89.853.949 kWh y 112 actuaciones, 44 de transporte. En agosto de 2026 la Dirección General contabiliza 187.315.340 CAE emitidos desde 2024, otros 22 millones en tramitación y más de 48 millones de euros invertidos en 396 actuaciones: 152 industriales, 171 de transporte —frente a 29 el año anterior—, 51 de servicios, 17 residenciales y 5 agrarias. Los plazos del artículo 13.2 del Real Decreto 36/2023 no han cambiado, con silencio positivo, pero con el expediente multiplicándose lo sensato es no provocar el requerimiento de subsanación.
El trámite local que sostiene la trazabilidad es el procedimiento 61 de la sede electrónica de la CARM, «Registro de instalaciones térmicas en los edificios», a cargo de la misma Dirección General y regulado por el Decreto 20/2003, de 21 de marzo. Es una declaración responsable suscrita por el titular y por todos los agentes —instaladora habilitada, redactor de la memoria técnica, proyectista y director de obra—, con la memoria, el certificado de instalación y la tasa T610 liquidada en el propio formulario; es de tramitación inmediata y se resuelve en tres meses con silencio positivo. El certificado de eficiencia energética se inscribe aparte, por el procedimiento 411 creado por la Orden de 24 de mayo de 2013; como la Región no ofrece consulta pública en línea de ese registro, el justificante de inscripción del certificado previo y del posterior es lo único que el verificador podrá cotejar.