Un 35 % industrial, un 40 % de transporte y cuatro zonas climáticas en una sola provincia
El Balance Energético de Navarra 2024, presentado por el Gobierno foral el 15 de diciembre de 2025, cifra el consumo final en 1.870.917 tep, un 5,4 % más que en 2023: el transporte se lleva el 40 % (763.173 tep); la industria, el 35 % (651.035 tep); y doméstico, comercio y servicios suman el 17 % (314.168 tep). Más reveladora para el ahorro certificable es la evolución por fuentes: en energía primaria el gas natural cayó un 18,4 % y la electricidad subió un 13,8 %, «impulsado por la electrificación de procesos industriales y la movilidad eléctrica», con la generación renovable ya en el 68 %. La fábrica navarra está cambiando gas por electricidad, y ese cambio de vector es justo lo que miden las fichas industriales y las actuaciones singulares.
Las cifras del propio sistema lo confirman. Según los datos difundidos por la Cámara de Comercio de Navarra en marzo de 2026, el registro nacional acumulaba 171 CAE de actuaciones ejecutadas en la Comunidad Foral, con más de 220 GWh de ahorro solicitado y más de 20 millones de euros recuperados por sus titulares a entre 115 y 140 €/MWh; por sectores había 96 solicitudes residenciales, 76 industriales, 27 terciarias, 24 de transporte y 1 agropecuaria. El residencial gana en número de expedientes sobre un parque de 329.412 viviendas (Nastat, 2022); el volumen de energía está en la industria.
El segundo rasgo propio es climático. Al ser uniprovincial, Navarra ocupa una sola fila de la tabla a-Anejo B del DB-HE y aun así reúne cuatro zonas por altitud: C2 hasta 100 m, D2 entre 101 y 350 m, D1 entre 351 y 600 m y E1 desde 601 m. Bera (35 m) y Lesaka (70 m) son C2; Tudela (262 m) y la Ribera, D2; Olite (391 m), Estella (421 m) y Pamplona (456 m), D1; Burgui (632 m) y Navascués (644 m), en el Pirineo, E1. Una misma bomba de calor o rehabilitación de envolvente no certifica el mismo ahorro en Tudela que en Pamplona: la zona es un dato de entrada de la ficha y se fija con la altitud real del municipio, no con la de la capital.
Ley Foral 17/2025: un 15 % en Sociedades cuya base descuenta el precio del CAE
La Ley Foral 17/2025, de 22 de diciembre, de modificación de diversos impuestos (BOE de 20 de febrero de 2026) añadió al artículo 64 de la Ley Foral 26/2016 del Impuesto sobre Sociedades una letra C), «Deducción por inversiones en descarbonización», para los periodos impositivos iniciados desde el 1 de enero de 2026. Las inversiones en elementos nuevos del inmovilizado material «que consigan una reducción del consumo de energía final de al menos 30.000 kW hora/año» dan derecho a deducir el 15 %, con un tope de 1.500.000 euros. Tres detalles la atan al Sistema CAE: la base es la inversión «minorada en el importe percibido como consecuencia de la transmisión del ahorro energético», o sea, neta del precio del certificado; el derecho nace «en la fecha de la Resolución de la Dirección General de Planificación y Coordinación Energética por la que se inscriben los certificados de ahorro energético en el Registro Nacional», así que el ejercicio lo marca la inscripción, no la factura; y el órgano foral competente en energía debe informar sobre el destino de la inversión, la base y ese momento. El CAE es, así, la llave de la deducción.
Las ayudas propias del Gobierno foral van por otro carril, y su encaje con el CAE está escrito en las bases. La Resolución 744E/2025, de 24 de diciembre (BON n.º 16, de 22 de enero de 2026), convocó la línea industrial de descarbonización 2026 con 1.456.260 euros de los Presupuestos de Navarra e intensidades del 50 % al 20 % según tamaño de empresa y tipo de actuación, ya cerrada y resuelta. Su base 12 no prohíbe el certificado, pero lo cuenta: «se tendrán en cuenta los ingresos obtenidos mediante la transmisión de ahorros energéticos (CAE), ya que la suma de éstos y la subvención tampoco podrá superar el coste de la actuación», y como el CAE «puede ser registrado hasta tres años después de haberse realizado la actuación», hay que comunicar esos ingresos incluso después de cobrar la ayuda. En residencial, la Resolución 548E/2025 (BON n.º 12, de 19 de enero de 2026) dotó con 1.441.236 euros para 2026 y 500.000 para 2027 la sustitución de generadores fósiles por renovables —500 €/kW en aerotermia aire-agua medida a A7W35, máximo 4.000 euros por instalación individual—, cerrada el 19 de mayo de 2026 y sin cláusula alguna sobre el CAE.
Donde sí hay veto es en el dinero del Fondo Nacional de Eficiencia Energética: el artículo 14.8 de la Orden TED/815/2023 deja fuera del CAE toda actuación beneficiaria de un programa pagado con ese fondo. En Navarra ese programa es el de PYME y gran empresa industrial del Real Decreto 263/2019, convocado por la Resolución 5E/2019 y ampliado en 2024 con 5.833.200 euros más; para la edición 2026 el IDAE tiene transferidos a Navarra 9.280.458 euros desde el 12 de marzo de 2026, con la convocatoria foral pendiente de publicación a fecha de esta consulta. Las líneas de fondos propios y las del Plan de Recuperación (renovables térmicas del Real Decreto 1124/2021) no activan esa exclusión, pero sí obligan a acreditar el efecto incentivador del certificado (artículo 13 del RD 36/2023) y a declarar programa, órgano, año, norma y cuantía de la ayuda (artículo 14.9.k).
caes@navarra.es como gestor autonómico y un registro RITE que pasa por los organismos de control
El directorio de agentes del MITECO identifica como gestor autonómico de Navarra a la Dirección General de Energía, I+D+i empresarial y Emprendimiento, con el buzón caes@navarra.es. Depende del Departamento de Industria y de Transición Ecológica y Digital Empresarial (Decreto Foral 250/2023, de 15 de noviembre), y el Decreto Foral 78/2025, de 25 de junio, la renombró como Dirección General de Transición Energética y Digital, I+D+i Empresarial y Emprendimiento. De ella cuelgan el Servicio de Transición Energética, autor del balance anual, y el Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas. No existe registro foral de CAE ni catálogo propio: la solicitud la presenta el sujeto obligado o delegado en la plataforma del ministerio, la dirección general la valida y el certificado se inscribe en el registro nacional. La Ley Foral 4/2025 ha creado además la Agencia de Transición Energética de Navarra, entidad pública empresarial adscrita al departamento y llamada a ejecutar el Plan Energético y los programas de eficiencia.
El trámite local que sostiene la trazabilidad del expediente es el registro de la instalación térmica. La Orden Foral 424/2009, de 1 de octubre, desarrolla el RITE en Navarra y encomienda la puesta en servicio a los organismos de control autorizados: entre 5 y 70 kW basta el certificado de la instalación con su memoria técnica; por encima de 70 kW se exigen el proyecto de la instalación realmente ejecutada, el certificado y un certificado de inspección inicial favorable. La ficha «Registro de instalaciones térmicas en edificios» de navarra.es sitúa la responsabilidad en el Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas (instalaciones@navarra.es) y admite la presentación telemática por la aplicación RCI o presencial mediante los organismos de control tramitadores y los colegios profesionales. Ese certificado diligenciado fecha la actuación ante el gestor autonómico, acredita la potencia con la que la convocatoria residencial calcula sus módulos y respalda el informe de la deducción ante la Hacienda Foral. Las convocatorias industriales exigen además figurar en el Registro Industrial de Navarra.